ÚLTIMA HORA: ANTE ACUSACIONES DE LA CARDER, SE PRONUNCIAN CURADORES URBANOS

Los Curadores Urbanos 1 y 2 de Pereira:

En atención a recientes declaraciones públicas en las que se atribuye a las curadurías urbanas responsabilidad frente al fenómeno de parcelaciones ilegales en suelo rural en el municipio de Pereira, consideramos pertinente realizar las siguientes precisiones, en el marco de nuestras competencias legales:

Las curadurías urbanas son particulares que ejercen función pública, encargadas de estudiar, tramitar y expedir licencias urbanísticas, conforme a lo dispuesto en el Decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes. En desarrollo de esta función, su actuación es de carácter previo, reglado y documental, limitada a la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas aplicables con base en la información aportada por los solicitantes.

En este sentido, es importante señalar que los curadores urbanos no ejercen funciones de control urbano, inspección, vigilancia o sanción, ni tienen competencia para supervisar la ejecución material de las obras, ni para intervenir en actuaciones que se desarrollen al margen del licenciamiento urbanístico.

El fenómeno de las parcelaciones ilegales en suelo rural corresponde, en la mayoría de los casos, a desarrollos que se adelantan sin la obtención de la respectiva licencia urbanística, es decir, por fuera del ámbito de actuación de las curadurías urbanas. En consecuencia, no resulta jurídicamente procedente atribuir responsabilidad a estas instancias por situaciones que se configuran precisamente al margen del control previo que ejercen.

De conformidad con el marco normativo vigente, las competencias relacionadas con el control del uso del suelo, la prevención de desarrollos ilegales y la adopción de medidas correctivas y sancionatorias recaen en las autoridades municipales, en ejercicio de sus funciones de control urbano y policivo, así como en las autoridades ambientales, en lo relativo a la protección del suelo rural, los recursos naturales y el cumplimiento de las determinantes ambientales.

Reiteramos nuestro compromiso con el ejercicio responsable de la función pública que nos ha sido asignada, así como con el cumplimiento estricto de la normativa urbanística vigente.

Finalmente, hacemos un llamado a la articulación institucional entre las diferentes autoridades competentes, como herramienta fundamental para prevenir y atender de manera efectiva las problemáticas asociadas al desarrollo territorial ilegal, garantizando la protección del ordenamiento del territorio y del interés general.

Arq. Orlando Bedoya Giraldo

Curador 1 Pereira

Arq. Luis Fernando Montes Posada

Curador 2 Pereira