Curadores hacen precisiones sobre Decreto del Gobierno Nacional sobre licencias de construcción.
A propósito de la desinformación general suscitada por el Decreto 1166 de noviembre de 2025 expedido por el Gobierno Nacional relacionado con el licenciamiento de construcciones objeto de Subsidio de Vivienda, el Colegio Nacional de Curadores Urbanos hizo precisiones al respecto en un comunicado.
Explican que el espíritu del Decreto es simplificar el trámite de ejecución de los recursos de subsidios para:
- Mejoramiento de Vivienda
- Vivienda progresiva
- Contruccion en sitio propio.
El Decreto solo aplica a viviendas VIS y VIP:
(Vivienda de Interés Social y
Vivienda unifamiliar de Interés Prioritario) que tengan asignación de Subsidios del Gobierno Nacional.
Agregan los curadores que todo nace del Artículo 301 de la Ley 2294 de 2023 Plan Nacional de Desarrollo que lo establece.
Y precisan que, los entes que direccionan los recursos de los subsidios, tales como las Cajas de Compensación o los Entes Territoriales deben garantizar el cumplimiento de las Normas Urbanísticas y de Sismoresistencia a través de una carta de Responsabilidad emitida por Profesionales, Arquitectos e Ingenieros Estructurales las cuales deberán ser remitidas con los respectivos planos y estudios a las autoridades de Contro Urbano,
tal como se hace con las licencias urbanísticas expedidas por las Curadurías o las Secretarías de Planeación.
El comunicado del Colegio Nacional de Curadores Urbanos busca evitar especulaciones que perjudiquen a personas que gestionen proyectos de vivienda y puedan ser afectados con interpretaciones tergiversadas o maliciosas.




